Te acompañamos en el reclamo a la ART por accidentes laborales, in itinere y enfermedades profesionales.
Sí, el accidente in itinere está cubierto si ocurre en el trayecto habitual entre tu casa y el trabajo.
Atención médica, medicamentos, rehabilitación y el pago de prestaciones mientras no puedas trabajar, además de la indemnización si queda una incapacidad.
En CABA y Provincia de Buenos Aires son la instancia previa obligatoria donde se determina el carácter laboral y el porcentaje de incapacidad.
Sí. El rechazo del siniestro o un porcentaje de incapacidad bajo se pueden revisar, siempre dentro de los plazos.
Normativa: Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo y Ley 27.348. La información de esta página es general y no reemplaza el análisis de cada caso.
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