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Accidente yendo o volviendo del trabajo: qué cubre la ART

Qué es el accidente in itinere, cuándo está cubierto, qué pasos seguir y qué hacer si la ART rechaza el siniestro.

La Ley de Riesgos del Trabajo (Ley 24.557) no solo cubre los accidentes que ocurren en el lugar de trabajo. También cubre los que suceden en el trayecto entre tu casa y el trabajo: el llamado accidente in itinere.

Cuándo está cubierto

El accidente tiene que ocurrir en el trayecto habitual entre tu domicilio y el trabajo, sin que lo hayas interrumpido o desviado por motivos personales. La ley admite modificar ese recorrido por razones de estudio, por ir a otro empleo o para atender a un familiar directo enfermo, siempre que lo hayas informado por escrito al empleador.

Qué hacer si tuviste un accidente

  1. Pedí atención médica y guardá toda la documentación: constancias, estudios, certificados.
  2. Avisá al empleador cuanto antes.
  3. Asegurate de que se haga la denuncia a la ART. Si el empleador no la hace, podés hacerla vos.
  4. Si hubo intervención policial o testigos, guardá esos datos.

Qué tiene que darte la ART

Si la ART rechaza el caso

La ART tiene un plazo breve para aceptar o rechazar el siniestro. Si lo rechaza, o si te asigna un porcentaje de incapacidad que no refleja tu situación, podés cuestionarlo ante las Comisiones Médicas, que en CABA y Provincia de Buenos Aires son la instancia previa obligatoria, y luego ante la Justicia.

Lo importante es no dejar pasar los plazos y tener toda la documentación médica ordenada.

Este artículo es información general y no reemplaza el asesoramiento sobre tu caso concreto. Última actualización: 25 de septiembre de 2026.

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